Sobre el Reglamento de Estudios y Código de Ética de la UnADM
Sobre el Reglamento de Estudios y Código de Ética de la UnADM
Hablaremos de algunos de los aspectos de mayor relevancia de ambos documentos a fin de proporcionar un panorama concreto de la normatividad en materia de conducta y de políticas que regulan la vida académica.
Como primer punto, iniciamos con los requisitos que todo estudiante debe cubrir para poder inscribirse a los módulos o asignaturas del semestre subsecuente al que ha concluido, los cuales son:
No adeudar más de tres asignaturas (o las que señale el plan de estudios que es encuentre cursando el estudiantes como máximo.
Dar continuidad a las asignaturas que presenten relación seriada en el pland e estudios correspondiente
Que la reinscripción no contravenga el limte de tiempo en que debe completar sus estudios, según su plan de estudios.
Que el estudiante al hacer su solicitud de reinscripción no se encuentre en ninguna de las siguientes situaciones: “estar suspendido temporalmente de poder cursar uno o varios módulos de los que desea inscribir. Encontrarse dado de baja temporal en el momento de la solicitud (hasta por dos semestres). Encontrarse dado de baja definitiva por la universidad.
En cuanto a la carga máxima (la mayor cantidad de módulos o asignaturas permisibles de inscripción en un semestre con arreglo al plan de estudios correspondiente), solo podrá cursarse en los siguientes casos:
Haber acreditado de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores,
Que exista la disponibilidad de las asignaturas o los módulos que desean inscribirse, en la plataforma virtual.
Con respecto a la obligación que tiene todo estudiante de entregar trabajos inéditos, podremos encontrar las disposiciones relativas en el artículo 29 del reglamento
Cada asignatura podrá cursarse en un máximo de dos ocasiones (ordinario y recursamiento), de no ser acreditadas en ninguna de estas oportunidades, el estudiante tendrá derecho a presentarlas en examen extraordinario.
La “baja por inactividad se entiende como el hecho de que cuando no exista evidencia de actividades académicas tales como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del 19 bloque, por lo que en su historial académico se registrará con NP (no presentó) la o las asignaturas o módulos en los que haya causado baja. Y solo será aplicable una vez por asignatura o por módulo.
Es importante señalar que el tiempo máximo para cubrir los estudios de licenciatura es de un doscientos porciento de lo previsto en el programa correspondiente, una vez rebasado este periodo, el estudiante causará baja en dicho plan.
Los artículos en que se encuentran plasmados los derechos, las obligaciones y las causas de responsabilidad de los estudiantes son del 57 al 66. Una de las obligaciones que debiéramos tener mas presente es la de hacer uso responsable de la matrícula y clave de acceso a la plataforma electrónica y como medio de identificación
legítimo de carácter personal, exclusivo e intransferible.
Algunas disposiciones importantes que son complementarias a las de este reglamento y que están contenidas en el Código Ético, son las relativas al respeto a la propiedad intelectual de los demás, el cual se ejecuta otorgando reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre los estudiantes de la Universidad. Dicha información la encontraremos en el apartado titulado: Honestidad.
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